Pautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006

Las pautas que contiene esta obra constituyen un importante recurso internacional para la adopción de las responsabilidades del Estado del puerto con arreglo al Convenio sobre el trabajo marítimo (CTM) de 2006

Qué Publicación
Fecha de la publicación 2009
Referencia 978-92-2-221744-1 (ISBN)
Autores Departamento de Normas Internacionales del Trabajo Programa de Actividades Sectoriales
Unidad responsable Normas Internacionales del Trabajo
Tema marino, convenios de la OIT, normas internacionales del trabajo, transporte marítimo, marina mercante, puerto
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Las presentes pautas son un recurso importante para cumplir las obligaciones del Estado del puerto previstas en el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (CTM). Proporcionan asesoramiento práctico a los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto (PSCO) que verifican el cumplimiento por los buques extranjeros de los requisitos previstos en el CTM, 2006. El capítulo 1 contiene una visión general de las características especiales del CTM, 2006, y de sus conceptos clave. El capítulo 2 hace referencia al perfil profesional exigido a los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto con arreglo al CTM, 2006. El capítulo 3 abarca el examen exigido de los documentos en el caso de los buques que cuentan con una certificación con arreglo al CTM, 2006. Se explica cuándo puede llevarse a cabo una inspección más detallada. En el capítulo 4 se proporciona el instrumento principal de inspección, y se indican los requisitos básicos que han de cumplirse, las fuentes de información para verificar el cumplimiento y ejemplos de deficiencias en 14 ámbitos relativos a las condiciones de trabajo y de vida a bordo del buque. En el capítulo 5 se proporciona orientación sobre las medidas que deben adoptarse cuando se observen deficiencias y cuando tenga que inmovilizarse un buque en puerto. El capítulo 6 hace referencia a la tramitación de las quejas presentadas en tierra por la gente de mar.
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