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Normas y derechos en el trabajoHay varios convenios de la OIT, con sus correspondientes recomendaciones, de interés para el sector de los servicios públicos, que se aplican no sólo a la administración pública sino también a los diversos servicios prestados en interés del público o en interés general, ya sea de manera pública o privada. El Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) garantizan el derecho básico de los trabajadores a organizarse y negociar colectivamente, incluidos los de los servicios públicos, pero permiten la exclusión de la policía y las fuerzas armadas de su ámbito de aplicación. Además de estas categorías, los funcionarios de alto nivel cuyas funciones suelen ir asociadas a la formulación de políticas o la gestión, o los empleados cuyas obligaciones son de máxima confidencialidad, también pueden ser excluidos por las leyes y los reglamentos nacionales del ámbito de aplicación del Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 (núm. 151), que determina las condiciones de empleo en los servicios públicos. Entre los Convenios y las Recomendaciones que los acompañan de interés para los servicios públicos, cabe destacar:
Legislación nacional del trabajo (base de datos NATLEX)
Comité de Libertad Sindical
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Puesto al día por EA. Aprobada por NI/ET. Ultima actualización: 5 de marzo de 2008.